¿Qué es la acción de grupo y cómo se lleva a cabo?

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La acción de grupo es una figura jurídica la cual tiene como finalidad hacer que se le indemnice a un grupo mínimo de 20 personas, cuando en su conjunto, se ven afectadas por un mismo hecho, esta acción se dispone en la ley 472 de 1998, en su respectivo artículo 3°, donde se menciona que su principal característica es que se presenta una vulneración a los derechos colectivos de un mismo grupo de personas a causa de un hecho específico.

La acción de grupo protege los derechos que se relacionan con ambiente sano, moralidad administrativa, espacio público, patrimonio cultural, seguridad y salubridad pública, servicios públicos, consumidores y usuarios, libre competencia económica, entre otros.

¿Qué se debe tener en cuenta dentro de la acción de grupo?

Algunas características principales que deben presentarse para que pueda ser válida la acción de grupo, son:

  • Que se vean afectadas como mínimo 20 personas, pueden ser personas naturales o jurídicas.
  • Las 20 personas deben estar de acuerdo en presentar la acción, y para ello, deben elegir un representante que se encargue de gestionar la demanda.
  • La acción de grupo puede ser presentada dentro de dos años, teniendo como punto de partida los sucesos ocurridos que dieron lugar al daño o cuando los hechos generadores de la vulneración de los derechos colectivos finalicen.
  • A diferencia de la acción popular, la acción de grupo busca que se indemnice por un daño causado más no prevenirlo.
  • Cualquiera de las personas afectadas que se encuentren dentro de la acción de grupo, podrá desistir antes de la conciliación.
  • Es necesario presentar la demanda por medio de un abogado.
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Procedimiento para interponer la acción de grupo

Lo primero que se debe hacer cuando existe una vulneración de derechos colectivos, es intentar llegar a un acuerdo entre los afectados y el causante del daño, lo cual podrá adelantarse personalmente entre las partes involucradas o también existe la posibilidad de adelantar el trámite por medio de un Centro de Conciliación, notaría, conciliador en equidad o Defensoría del Pueblo.

Cuando no se pueda llegar a un acuerdo entre las dos partes, los afectados podrán proseguir con la demanda de acción de grupo, para lo cual deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

  • Debe ser presentada ante un juez civil cuando los causantes del daño son personas o empresas privadas.
  • Cuando el daño se cause por parte de autoridades públicas o privadas prestando servicios públicos, la demanda se debe presentar ante un juez administrativo.

Al proceder con la respectiva demanda, el juez como principal medida, intentará que se llegue a una conciliación, si esto no da resultados, se procederá a evaluar las pruebas presentadas, luego establecerá la forma y el monto en que deben ser indemnizados los afectados.

Contenido de la demanda de acción de grupo

Como mínimo la demanda debe contener lo siguiente:

  • Una descripción detallada de los sucesos que dieron lugar a los daños.
  • Una estimación total en dinero de los daños causados.
  • Un listado con los respectivos datos personales y de contacto de las personas afectadas que deben ser como mínimo 20.
  • La identificación de la demanda.
  • Material probatorio que sirva para evidenciar que los daños fueron generados a causa de la acción demandada.

Arturo Quiroga

Contador público de la Universidad Cooperativa de Colombia. Especialista en gerencia y administración financiera; magíster en dirección y gestión tributaria. Con más de 10 años de experiencia trabajando como asesor en áreas administrativas, contables y tributarias del sector privado.

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