Una vez se realice el cierre contable es posible que la empresa detecte errores que afectaron de manera directa la información revelada en los estados financieros, según los estándares internacionales esta es una situación que no se puede dejar pasar por alto y deben considerarse distintos aspectos para proceder a realizar los ajustes necesarios en el valor de las partidas incluidas en los estados financieros.
El principal objetivo de los estados financieros es que la información que en ellos reposa sea útil para la toma de decisiones, por lo cual es fundamental que dicha información no presente errores de ningún tipo, pues dejará de ser información confiable y relevante, de modo que al detectar un error es imprescindible analizarlo para así conocer cómo se deberá afrontar en la contabilidad.
Ajustes a los estados financieros después del cierre según las NIIF
Generalmente las empresas proceden a iniciar el cierre contable a mediados de marzo de cada año con el fin de tener todo listo para elaborar la declaración de renta y demás obligaciones tributarias que empiezan a vencer a partir de esta fecha, aunque esto dependerá de lo establecido en las políticas contables pues podría ser en una fecha anterior, puede que al momento de realizar el cierre no se evidencien errores que afecten el valor de las partidas a revelar en los estados financieros y se encuentren posteriormente.
En el anterior caso será necesario tener en cuenta la sección 32 de las NIIF para Pymes, en donde se indican como proceder ante hechos ocurridos después del periodo en el que se informa.
¿Cómo saber si un hecho ocurrido al final del periodo debe ser ajustado?
Inicialmente, la norma define los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa como todos los hechos sin importar si son favorables o perjudiciales, ocurridos entre la finalización el periodo del cual se está informando y la fecha de autorización de los estados financieros.
Para saber si un hecho trae como consecuencia ajustar los estados financieros, se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Determinar si el hecho que afecta los valores de las partidas reveladas en los estados financieros tuvo lugar antes de la fecha de corte.
- Cuando lo anterior sea positivo, la entidad deberá proceder a realizar un ajuste sobre sus estados financieros, con lo cual pueden surgir situaciones como incorporar partidas que fueron excluidas inicialmente o que el valor de una partida se deba ajustar según el hecho ocurrido.
Ejemplos de hechos ocurridos luego del periodo que se informa y que requieren ajuste
A continuación, se enseñarán algunos ejemplos de hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que implican el ajuste a los estados financieros:
- La resolución de una demanda, en algunos casos la entidad puede no conocer que fue demanda por situaciones que estarían ubicadas antes de finalizar el periodo, por lo cual se podría presentar que tuviera conocimiento solo hasta después de la presentación de los estados financieros.
- La información que revele el deterioro del valor de un activo presentándose al finalizar el periodo, lo cual podría suceder cuando un cliente entre en quiebra luego del cierre del periodo, dejando una pérdida en la cuenta por cobrar.
- La determinación, luego de la finalización del periodo sobre el que se informa, del costo de activos adquiridos o del importe de ingresos por activos vendidos antes del final del periodo sobre el que se informa.
- El hallazgo de fraude o errores que evidencien claramente que los estados financieros no eran correctos.
Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que no implican ajuste
Cuando los hechos evidenciados no implican un ajuste, los estados financieros no deberán ser modificados, aun así, se deben considerar aspectos que tienen la calidad de ser relevantes pues repercuten directamente sobre la toma decisiones.
Algunos ejemplos de hechos ocurridos al final del periodo que no implican realizar cambios en los estados financieros son:
- La reducción en el valor de mercado de las inversiones.
- Un importe que pase a ser exigible como resultado de una demanda favorable.