¿Cómo funciona la ley de insolvencia económica?

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La ley 1564 del 2012 más conocida como la ley de insolvencia económica, busca dar una solución final a aquellas personas que ya han intentado con diferentes alternativas y definitivamente no disponen del dinero para cancelar sus obligaciones, de manera que podrían llegar a un acuerdo de pago que sea posible cumplir según su flujo de caja o en último caso una liquidación de sus bienes para responder por sus obligaciones.

Este procedimiento se puede llevar a cabo con obligaciones financieras contraídas tanto con personas como con bancos y otras entidades, será un juez quien valide los acuerdos a los que se lleguen con estos terceros.

¿Cuándo se declara la insolvencia económica?

La insolvencia se presenta cuando  el total de las deudas supera el total de los bienes o activos de la empresa,  que además se acompaña por una situación de iliquidez, es decir que no se cuenta con el efectivo suficiente para cubrir las obligaciones financieras.

Cuando la persona ha intentado todo para pagar sus deudas y no ha podido, podrá declararse insolvente para iniciar desde cero su vida financiera y responder con lo que tenga y pueda a sus acreedores.

¿Quién puede acogerse a la ley de insolvencia económica?

La ley establece de forma expresa las personas que podrán acogerse a la insolvencia, estas personas son:

  • Las personas que no ejerzan de manera profesional el comercio, es decir que todas las personas que no tengan registro mercantil o un establecimiento fijo de comercio.
  • Agricultores y ganaderos que no sean comerciantes formalizados.
  • Artistas, servidores públicos, abogados, médicos, las personas que se lleven a cabo profesiones liberales, pensionados, o amas de casa.

Es importante resaltar que, según lo anterior, a la ley de insolvencia económica solo se pueden acoger personas naturales.

Requisitos para acogerse a la ley de insolvencia económica

Los requisitos que establece la ley, para poder declararse insolvente económicamente son los siguientes:

  • Estar en mora con más de una obligación financiera, puede ser como deudor o codeudor.
  • Tener deudas con más con al menos dos personas o entidades financieras.
  • Presentar mora de noventa días o tener más de un proceso ejecutivo abierto.
  • Que las deudas atrasadas representen el 50% del total de las deudas que se tienen a la fecha.
  • No haber cedido ningún bien en los seis meses anterior al inicio del trámite para declarar la insolvencia.

Aspectos a tener en cuenta al acogerse a la insolvencia

Hay dos aspectos importantes que deben considerarse al acogerse a la ley de insolvencia económica:

  • La posibilidad de adquirir un crédito con entidades financieras será casi nula, por un largo periodo de tiempo.
  • Puede que sea necesario pagar con todo el patrimonio que posea hasta la fecha, al no llegar a un acuerdo de pago.

Estos dos puntos pueden parecer obvios, pero siempre es necesario tenerlos en cuenta para no llevarse sorpresas a última hora.

Ley de insolvencia cuando existen procesos ejecutivos

Para el caso de las personas que tienen un proceso ejecutivo con garantía hipotecaria y la fecha de remate del inmueble se encuentra fijada, al acogerse a la ley de insolvencia se suspendería el remate del bien.

¿Cómo se inicia el proceso?

Para iniciar el proceso de insolvencia económica, se puede acercar a cualquiera de los centros de conciliación autorizados por el Ministerio de Justicia y del Derecho, las cámaras de comercio de cada ciudad también pueden ayudar con el proceso de conciliación.

Debe tener en cuenta que no es indispensable contratar un abogado para llevar a cabo el proceso, lo podrá hacer por su propia cuenta, con la asesoría que prestan los centros autorizados.

Arturo Quiroga

Contador público de la Universidad Cooperativa de Colombia. Especialista en gerencia y administración financiera; magíster en dirección y gestión tributaria. Con más de 10 años de experiencia trabajando como asesor en áreas administrativas, contables y tributarias del sector privado.

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