Actualmente se encuentran abiertas las convocatorias para que los empleadores que vincularon trabajadores nuevos con relación a los que tenían en marzo de 2021, accedan a los apoyos económicos brindados por el Gobierno Nacional.
El plazo máximo que tendrán los interesados en postularse a este programa es hasta el 25 de noviembre, procedimiento que deberá llevarse a cabo por medio de las entidades financieras donde se posea algún producto de depósito, al igual que se hace con el PAEF, cabe resaltar que dichas entidades ofrecen la posibilidad de realizar el trámite vía internet o presencial.
Monto del apoyo económico
El valor del subsidio para los empleadores que cumplan con los requisitos dependerá del tipo de trabajador vinculado:
- $227.131 por cada persona vinculada adicional, que se encuentre entre el rango de edad de 18 a 28 años.
- $136.278 por cada mujer vinculada mayor de 28 años que devengue hasta 3 salarios mínimos.
- $90.852 por integrar a su nómina cada hombre mayor de 28 años que devengue hasta 3 salarios mínimos.
¿Quiénes pueden postularse al incentivo por la generación de nuevos empleos?
No existe ninguna excepción para vincularse al programa, puede ser cualquier tipo de empresa, de cualquier sector sin importar su tamaño, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP será la encargada de verificar que se cumplan los requisitos, lo cual básicamente consiste en revisar los pagos realizados el sistema general de seguridad social por medio del sistema PILA.
En general, teniendo en cuenta lo anteriormente dicho, se podrán postular:
- Personas jurídicas.
- Consorcios y Uniones temporales.
- Entidades sin ánimo de lucro o patrimonios autónomos declarantes de renta.
- Cooperativas.
- Establecimientos educativos no oficiales.
- Personas naturales con dos o más trabajadores reportados en PILA de febrero 2020.
Requisitos para la postulación
Los requisitos para poder hacer parte del programa son los siguientes:
- Que se hayan vinculado nuevos trabajadores formalmente en comparación a la nómina de marzo del presente año, por lo cual será indispensable que se haya cotizado salud, pensión y todos los demás conceptos que legalmente corresponden.
- Poseer una cuenta de ahorros o corriente en una entidad financiera.
- No deber salarios a los trabajadores ni aportes a la seguridad social.
- Que el capital perteneciente al sector privado de la empresa sea de al menos el 50%.
- No puede ser una persona expuesta políticamente.
- Para las cooperativas, se exige la vinculación a la cámara de comercio correspondiente a su ubicación.
Documentación necesaria para postularse
Los interesados en postularse al programa de apoyo deberán presentar la siguiente documentación:
- Formulario brindado por las entidades financieras, el cual debe ser diligenciado y firmado por la persona a cargo de la empresa; representante legal, persona natural propietaria, etc.
- Certificación elaborada y firmada por la persona natural propietaria, representante legal, revisor fiscal o contador, según corresponda, donde se indique lo siguiente:
- Que los trabajadores por los cuales se postula, no tienen salarios pendientes por recibir y que, además, la seguridad social se encuentra al día.
- Aclarar si se han presentado o no trámites de sustitución patronal desde marzo del 2021.
- Una copia del RUT.