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En el derecho generalmente siempre se exige la existencia de pruebas que ratifiquen los hechos sucedidos, puesto que es el sustento que tiene un juez o persona competente para tomar una decisión basada en situaciones comprobables, un tipo especial de prueba se conoce como prueba sumaria.

La prueba sumaria no se encuentra definida dentro del marco legal colombiano, pero si es mencionada en distintas ocasiones, por esta razón, la definición no es estándar, pero se puede deducir con base al contexto en el cual es usado.

De este modo, se puede decir que la prueba sumaria, tiene la principal característica, al igual que cualquier otra prueba, de tener la finalidad de probar la existencia de un hecho, la diferencia es que este tipo de prueba no ha sido discutida por la otra parte del proceso.

Arturo Quiroga Changed status to publish julio 6, 2021