Las ganancias ocasionales son los ingresos que recibe una persona por ganar un premio o por la venta de activos que normalmente no pertenecen a su actividad principal, por ejemplo, cuando una empresa de venta de bebidas, decide vender una máquina que ya no usa, la venta de este bien se asume como una ganancia ocasional.
De igual manera cuando se reciben otros ingresos como herencias, donaciones o cualquier otro tipo de ingreso esporádico y eventual, se llamaría ganancia ocasional.
En los casos de ventas de activos fijos, las ganancias ocasionales se determinan restando el precio de venta al costo fiscal, por ejemplo, si una casa se vende por $ 50.000.000 y su costo fiscal fue de $ 40.000.000 la ganancia ocasional sería la diferencia entre los dos valores, es decir $ 10.000.000.
Hay que tener en cuenta que los activos fijos se deben poseer por más de dos años para considerarse como ganancia ocasional al momento de su venta, de lo contrario su tratamiento tributario será como una renta líquida ordinaria.
Tarifa de las ganancias ocasionales
Según la ley 1607 del 2012, la tarifa aplicable a la ganancia por loterías, rifas, juego de apuestas y demás que presenten similitud es del 20%.
Para todas las otras causas denominadas como ganancias ocasionales la tarifa aplicable es del 10%, como ya se mencionó anteriormente la base gravable será utilidad obtenida por la venta del bien o por el valor correspondiente a 31 de diciembre del año anterior de las donaciones, herencias, etc.
También existen ganancias ocasionales exentas, las cuales son:
- Las primeras 7.700 UVT, correspondiente a la vivienda urbana, el cual se considere patrimonio del causante, sin importar si es usada para vivienda o para realizar actividades económicas.
- Las primeras 3.490 UVT, que se reciban por concepto de porción conyugal, legado o herencia.
- El 20% de los valores recibidos por herencias, donaciones u otros conceptos, siempre y cuando no sea de parte de cónyuges o legitimarios, en todo caso esta exención no puede superar los 2.290 UVT.
- Las primeras 12.500 UVT recibidas como concepto de seguros de vida.
EXCELENTES comentarios y muy bien explicados. Los felicito, gracias.
Buena tarde Sr Miguel, agradecemos su comentario.
buenas tardes. una pregunta. Las ganancias ocasionales también se aplican a venta de fincas ?
Buena tarde Sra Maria, se considera ganancia ocasional si se tuvo por más de dos año, y adicionalmente si el propietario no se dedica a la venta de este tipo de inmuebles.