Gastos que no puede deducir en la declaración de renta

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Al solicitar los gastos de una persona natural para elaborar una declaración de renta, es común encontrarse con cierta cantidad de gastos que no puede deducir, puesto que son gastos personales y no tienen nada que ver con su fuente de ingresos, razón fundamental para que un gasto pueda ser tomado como deducible.

Los gastos que se incluyan dentro de la declaración de renta deben cumplir con los principios de  causalidad, necesidad y proporcionalidad,  de manera resumida esto quiere decir que el gasto se relacione con los ingresos, que sea necesario para la obtención de los mismos y que adicionalmente sea coherente y razonable con los ingresos declarados.

Dicho lo anterior, muchos gastos personales quedarían por fuera de lo permitido por la ley para ser deducibles, aun así, consideramos necesario resaltar algunos gastos que no puede deducir una persona natural en la declaración de renta:

  • Gastos de vestuario.
  • Gastos de alimentación.
  • Arrendamiento de vivienda.
  • Servicios públicos de la residencia.
  • Productos adquiridos para uso persona.

Todos estos gastos personales son para uso propio de la persona, más no tienen nada que ver con la fuente de ingresos, exceptuando casos específicos donde sí podrían hacer parte del negocio, por ejemplo:

Un vestuario indispensable para el desarrollo de actividades en la empresa como un overol es un gasto que cumpliría con los tres principios nombrados, pero si los gastos de vestuario hacen parte de prendas de vestir de uso particular, no son necesarios para la empresa y adicionalmente su costo es excesivo, sería todo lo contrario a un gasto deducible.

¿Por qué no se pueden deducir este tipo de gastos?

Una afirmación que hacen las personas naturales al ser informados sobre tal situación, es: “para trabajar hay que comer, hay que vestir, hay que dormir”, lo cual es totalmente cierto, pero la manera de responder a esta pregunta es que la renta líquida para personas naturales empieza desde los 1.090 UVT, lo que quiere decir que las personas empiezan a pagar impuesto después de los $38.811.630 de ingresos para el año 2020.

Desde ese punto de partida, ya deberían poder asumir los gastos que se consideran personales y que no pueden ser descontados.

Un aspecto a considerar es que las personas que se encuentren dentro de la categoría de empleados no podrán deducir los costos y gastos que se asocien a la actividad desarrollada, esto solo aplica para los trabajadores independientes y comerciantes.

Gastos que si podría deducir una persona natural

Dentro de los gastos que podrían considerarse como personales y que si es posible deducirlos en la declaración de renta se encuentran:

  • Gastos por dependientes económicos.
  • Pagos realizados a la salud.
  • Los intereses pagados por los créditos de vivienda.

También sería necesario tener en cuenta los ingresos no constitutivos de renta.

Arturo Quiroga

Contador público de la Universidad Cooperativa de Colombia. Especialista en gerencia y administración financiera; magíster en dirección y gestión tributaria. Con más de 10 años de experiencia trabajando como asesor en áreas administrativas, contables y tributarias del sector privado.

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