El Gobierno Nacional, en busca de ayudar a las empresas que se están viendo afectadas por la situación actual, interpuso unas medidas transitorias especiales de insolvencia empresarial, con las cuales se pueden beneficiar distintos sectores del país.
Lo que se busca en definitiva es que las empresas que se encuentren en un proceso de reorganización empresarial, no liquiden completamente la empresa, debido a que esta situación afectaría directamente a todo el país, al tener menos impuestos que recaudar y se elevaría la tasa de desempleo aún más.
Beneficios de la insolvencia empresarial para personas jurídicas
El decreto 650 de 2020 busca dar mayor agilidad a los procedimientos de reorganización, y se establecen cuatro características principales las cuales poseen una vigencia de dos años, con el fin de ayudar a las empresas:
Herramientas extrajudiciales de negociación expeditas
Con base a este aspecto, se introdujeron dos nuevas herramientas, por un lado, se encuentran las negociaciones de emergencia de acuerdos de reorganización y por otro lado se encuentra el procedimiento de recuperación empresarial en las cámaras de comercio.
Mecanismos extraordinarios
Son mecanismos extraordinarios de salvamento para proteger la empresa, el empleo y el crédito, dentro de este aspecto se encuentran seis herramientas clave:
- En cuanto a la admisión de procesos se redujeron los requisitos formales que eran solicitados, brindando mayor agilidad.
- Se habilita la posibilidad de realizar pagos de pequeñas acreencias, así como también se brinda la posibilidad de poder vender los activos para realizar estos pagos, sin necesidad de autorización judicial.
- Se fijan aspectos que mejoran el flujo de caja de la empresa que facilita la celebración de acuerdos.
- Se establecen incentivos de prelaciones y garantías para créditos nuevos que se soliciten en la etapa de negociación judicial.
- Creación del mecanismo de compra de empresa en marcha, lo cual evitaría la liquidación definitiva de la empresa.
- Serán suspendidas las cuotas de los acuerdos de reorganización de los meses de abril, mayo y junio, que se considerarán vencidas en julio, y tendrán un periodo de tres meses para su subsanación en audiencia.
Beneficios tributarios
Se incorporan medidas tributarias que ayudarán la caja de las empresas, estas medidas solo estarán hasta el 31 de diciembre del 2020, aplicará para empresas que se encuentren en un proceso de reorganización o que a la fecha se encuentren admitidos, en renta presuntiva y de retención en la fuente a título de renta e IVA.
Suspensión de normas y obligaciones legales
En este sentido se suspenden normas que normalmente son indispensables, con el fin de preservar la mayor cantidad de empresas posible, por ejemplo, las causales de disolución que se presentan en las sociedades por perdidas.
🔗Artículo de interés
Subsidio para el pago de nómina.
Conclusión
Estas nuevas medidas de insolvencia empresarial, ayudan ampliamente a que las empresas no se vean obligadas a cerrar sus puertas, aunque se debe tener en cuenta que los beneficios nombrados aplican para personas jurídicas.
Todo esto se suma a algunas otras medidas que ha tomado el Gobierno con anterioridad y podría salvar a muchas empresas que se encuentran al borde de la quiebra.