NIIF plenas – Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes

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El principio básico de la NIIF 15 es que los ingresos se reconocen cuando los bienes o servicios se transfieren al cliente, al precio de la transacción, los ingresos se reconocen de acuerdo con ese principio aplicando un modelo de 5 pasos, como se enseña a continuación.

Paso 1: Identificar el o los contratos con el cliente

Un contrato crea derechos y obligaciones exigibles, puede ser escrito, oral o implícito por la práctica comercial habitual.

Se combinan los contratos cuando se celebran al mismo tiempo o casi y se negocian como un paquete, el pago de uno depende del otro o, los bienes o servicios prometidos constituyen una única obligación de ejecución.

Una modificación de contrato se contabiliza como un contrato separado o como una continuación del contrato original de forma prospectiva o con recuperación acumulada, dependiendo de los hechos y las circunstancias.

Paso 2: Identificar las obligaciones de ejecución separadas en el contrato o contratos

Las obligaciones de ejecución son promesas en un contrato de transferir bienes o servicios, incluidos los que un cliente puede revender o proporcionar a otro.

Se deben utilizar los indicadores del modelo para separar las obligaciones de ejecución si pueden ser distintas en función del contexto del contrato, identificables por separado de otras promesas del contrato.

Paso 3: Determinar el precio de la transacción

El precio de la transacción es el importe de la contraprestación que una empresa tiene derecho a recibir a cambio de transferir bienes o servicios a los clientes, determinar el precio de la transacción es sencillo cuando el precio del contrato es fijo, por contrario, se vuelve más complejo cuando no es fijo.

Los descuentos, las rebajas, los reembolsos, los créditos, los incentivos, las primas y las concesiones de precios pueden hacer que el importe de la contraprestación sea variable.

En las situaciones en las que hay contraprestaciones variables, el precio de la transacción se estima sobre la base del valor esperado o el importe más probable, pero se limita hasta el importe que es altamente probable que no tenga una reversión significativa en el futuro.

El importe mínimo que cumple este criterio se incluye en el precio de la transacción, para ello es necesario evaluar la experiencia con tipos similares de obligaciones.

Paso 4: Asignar el precio de la transacción

El precio de la transacción debe asignarse a las distintas obligaciones de ejecución sobre la base del precio de venta independiente.

Este puede ser el precio de venta independiente de un bien o servicio cuando se vende por separado a un cliente en circunstancias similares y a clientes similares.

Si el precio de venta independiente no es directamente observable, se debe estimar teniendo en cuenta toda la información razonablemente disponible, como las condiciones del mercado, los factores específicos y la clase de clientes.

Paso 5: Reconocer los ingresos cuando se cumpla la obligación

Se deben reconocer los ingresos cuando los bienes o servicios prometidos se transfieran al cliente y este obtenga el control.

Esto puede ser a lo largo del tiempo o en un momento dado, la norma exige que los ingresos se reconozcan a lo largo del tiempo cuando:

  • El activo que se crea no tiene un uso alternativo para la empresa.
  • La empresa tenga un derecho exigible al pago por el rendimiento completado hasta la fecha.

Arturo Quiroga

Contador público de la Universidad Cooperativa de Colombia. Especialista en gerencia y administración financiera; magíster en dirección y gestión tributaria. Con más de 10 años de experiencia trabajando como asesor en áreas administrativas, contables y tributarias del sector privado.

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