Obligados a declarar renta en el 2021: Topes para declarar

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Con el Decreto 1680 del 17 de diciembre de 2020, emitido por el Ministerio de Hacienda, se enseñó quiénes declaran renta en el 2021, correspondiente al año gravable 2020, como se sabe la declaración de renta se presenta con base a la información financiera del año anterior.

Topes para declarar renta en el 2021

La responsabilidad de presentar declaración de renta en el año 2021, recae sobre todas las personas naturales que superen algunos de los siguientes topes:

  • Patrimonio bruto superior a los $ 160.232.000 al 31 de diciembre del 2020.
  • Ingresos brutos del respectivo ejercicio gravable superiores a $ 49.850.000.
  • Que el consumo mediante tarjeta de crédito supere los $49.850.000.
  • Que el valor total de las compras y consumos sea mayor a $ 49.850.000.
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, exceda los $ 49.850.000.
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Topes para declarar renta en el 2022

No obligados a presentar declaración de renta en el 2021

Las personas naturales que no cumplan con los montos anteriormente señalados, no estarán en la obligación de presentar la declaración de renta por el año gravable 2020, pero adicionalmente, tampoco deberán declarar:

  • Los asalariados que no sean responsables del impuesto a las ventas, y los ingresos brutos provengan por lo menos en un ochenta por ciento de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria, siempre y cuando en relación con el año gravable 2020 no supere los topes mencionados.
  • Las personas naturales y sucesiones ilíquidas que no sean responsables de IVA, residentes en el país, siempre y cuando, en relación con el año 2020 no superen ninguno de los topes mencionados.
  • Las personas naturales o jurídicas extranjeras, tampoco deberán declarar renta cuando no tengan residencia o domicilio en el país, y la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 a 409 del Estatuto Tributario y dicha retención en la fuente les hubiere sido practicada.
  • Las personas naturales o jurídicas que se encuentren dentro del RST.

¿Cómo se deben calcular los ingresos para saber si debe declarar renta en el 2021?

Para calcular los ingresos y saber si es responsable del impuesto de renta en el 2021, se deben sumar todos los ingresos recibidos por la persona, es decir, no se deben separar los ingresos por actividad económica.

Por ejemplo, si una persona es comerciante y vende ropa, pero adicionalmente también presta servicios por cualquier concepto, deberá sumar todos los ingresos obtenidos en las dos actividades y ese será el valor que deberá tener en cuenta para saber si supera el tope para declarar renta.

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¿Qué hacer si una persona no sabe cuántos ingresos obtuvo en el 2021?

Es común que se presente este caso, lo más recomendable es solicitar un certificado de ingresos y retenciones cuando se labora para una empresa, también se podría solicitar una relación de los pagos realizados, en el caso de que la empresa no se encuentra en la obligación de expedir el certificado, como última opción, y para comprobar la información con la que disponga, puede hacer uso de la información reportada por terceros.

Vencimientos renta 2021

Las siguientes son las fechas límites en las que deberá presentar la declaración de renta, en caso de estar obligado a hacerlo.

Últimos dígitos del NIT, entre 01 al 30, en agosto:

Últimos dígitos de la cédula de ciudadaníaFecha límite
01 al 0210 de agosto del 2021
03 al 0411 de agosto del 2021
05 al 0612 de agosto del 2021
07 al 0813 de agosto del 2021
09 al 1017 de agosto del 2021
11 al 1218 de agosto del 2021
13 al 1419 de agosto del 2021
15 al 1620 de agosto del 2021
17 al 1823 de agosto del 2021
19 al 2024 de agosto del 2021
21 al 2225 de agosto del 2021
23 al 2426 de agosto del 2021
25 al 2627 de agosto del 2021
27 al 2830 de agosto del 2021
29 al 3031 de agosto del 2021

Últimos dígitos del NIT, entre 31 al 74, en septiembre:

Últimos dígitos de la cédula de ciudadaníaFecha límite
31 al 3210 de septiembre del 2021
33 al 3410 de septiembre del 2021
35 al 3610 de septiembre del 2021
37 al 3810 de septiembre del 2021
39 al 4010 de septiembre del 2021
41 al 4210 de septiembre del 2021
43 al 4410 de septiembre del 2021
45 al 4610 de septiembre del 2021
47 al 4810 de septiembre del 2021
49 al 5010 de septiembre del 2021
51 al 5210 de septiembre del 2021
53 al 5410 de septiembre del 2021
55 al 5610 de septiembre del 2021
57 al 5810 de septiembre del 2021
59 al 6010 de septiembre del 2021
61 al 6210 de septiembre del 2021
63 al 6410 de septiembre del 2021
65 al 6610 de septiembre del 2021
67 al 6810 de septiembre del 2021
69 al 7010 de septiembre del 2021
71 al 7210 de septiembre del 2021
73 al 7410 de septiembre del 2021

Últimos dígitos del NIT, entre 75 al 00, en octubre:

Últimos dígitos de la cédula de ciudadaníaFecha límite
75 al 761 de octubre del 2021
77 al 784 de octubre del 2021
79 al 805 de octubre del 2021
81 al 826 de octubre del 2021
83 al 847 de octubre del 2021
85 al 868 de octubre del 2021
87 al 8811 de octubre del 2021
89 al 9012 de octubre del 2021
91 al 9213 de octubre del 2021
93 al 9414 de octubre del 2021
95 al 9615 de octubre del 2021
97 al 9819 de octubre del 2021
99 al 0020 de octubre del 2021

Sanciones por no declarar renta en el 2021 o por hacerlo luego de la fecha límite

Si es responsable de declarar renta y no lo hace, podrá verse en la obligación de pagar distintas sanciones según el caso:

  • En el caso de presentar la declaración pasada la fecha límite, pero de manera voluntaria, deberá liquidar la sanción por extemporaneidad, la cual corresponde al 5% del impuesto a cargo.
  • Al no presentarse la declaración de manera voluntaria, será notificado por la DIAN y la sanción por extemporaneidad será del 10%.
  • Si hace caso omiso, pueden presentarse distintos requerimientos de la DIAN, lo cual puede terminar en una sanción de hasta el 200% sobre el valor a pagar.

Arturo Quiroga

Contador público de la Universidad Cooperativa de Colombia. Especialista en gerencia y administración financiera; magíster en dirección y gestión tributaria. Con más de 10 años de experiencia trabajando como asesor en áreas administrativas, contables y tributarias del sector privado.

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16 comentarios en «Obligados a declarar renta en el 2021: Topes para declarar»

      • Señor Arturo, buenas noches, de antemano le agradezco por la información que se encuentra en esta página, muy bien detallada.
        Quisiera saber que pasaría si en la fecha en la que se debe realizar el pago de la declaración de renta no se encuentra actualizado el RUT.

        Responder
        • Buen día Sr. William, para nosotros es un gusto saber que el contenido fue de su ayuda.
          Para empezar existe una sanción de 1 o 2 UVT por cada día que transcurra cuando no se actualice el RUT, en cuanto a la declaración de renta, la información contenida dentro de esta declaración como los nombres, dirección y actividad económica son automáticamente obtenidos del RUT, por ende, si es esta información es la que se encuentra desactualizada, la declaración de renta presentaría una inconsistencia, pero no sería necesario corregirla ni pagar sanciones.

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  1. Señor Arturo, buenas noches, de antemano le agradezco por la información que se encuentra en esta página, muy bien detallada.
    Quisiera saber que pasaría si en la fecha en la que se debe realizar el pago de la declaración de renta no se encuentra actualizado el RUT.

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    • Buen día Sr. William, para nosotros es un gusto saber que el contenido fue de su ayuda.
      Para empezar existe una sanción de 1 o 2 UVT por cada día que transcurra cuando no se actualice el RUT, en cuanto a la declaración de renta, la información contenida dentro de esta declaración como los nombres, dirección y actividad económica son automáticamente obtenidos del RUT, por ende, si es esta información es la que se encuentra desactualizada, la declaración de renta presentaría una inconsistencia, pero no sería necesario corregirla ni pagar sanciones.

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  2. Muchas gracias por la información suministrada, excelente aporte. Soy pensionada desde agosto por concepto de jubilación, debo inscribirme en el RUT? Aunque no aplico para declaración de renta. Gracias

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    • Buena tarde Sra. Ana, es un gusto para nosotros saber que la información fue útil. En cuanto a la obligación de tramitar el RUT no es necesario en su caso.

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  3. Que pagina tan buena contenido es lo que hay para recordar actualizarnos y estar preparados para lo que sea. excelente como esta ninguna .
    mil gracias

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  4. Saludo, gracias por la información, no entiendo lo de que si los ingresos son mínimo 80% de relación laboral no se declara, mi salario mensual es de 3.489.300, tuve ingresos adicionales por 7.600.000 y el Foncep me reconoció un auxilio funerario por la muerte de mi madre por valor de 4.300.000. Debo declarar renta?

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    • Buena noche Sr. Miguel, inicialmente es necesario aclarar que la información que brinda puede que no sea suficiente para darle una respuesta certera, pero según estos datos si debería declarar renta.

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