Mintrabajo: Plazo para pagar el saldo de aportes a pensión de abril y mayo de 2020

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Los Ministerios de hacienda y trabajo expidieron el Decreto 376 del 9 de abril de 2021, mediante el cual se señala que el plazo para pagar el saldo de las cotizaciones al sistema de pensiones de los meses abril y mayo de 2020 será de 36 meses, contados a partir del 1 de junio de 2021, tiempo que será válido tanto para el sector público como privado.

Esta medida se realiza para dar cumplimiento a la orden impartida por la Corte Constitucional, corrigiendo las falencias que se presentaron con el Decreto 558 de 2020, el cual habilitó el pago parcial al Sistema General de Pensiones.

¿Quiénes deberán pagar en este lapso de tiempo?

Tanto los trabajadores dependientes, independientes, sector privado o público, que hayan aportado al sistema de pensiones por el 3%, deberán pagar el saldo restante sin ser necesario el pago de intereses moratorios, es de tener en cuenta que el saldo debe ser pagado según lo correspondiente a empleador y empleado en el caso de los dependientes.

Según lo anterior, al empleador le correspondería el 75% del saldo, mientras que el empleado debe responder por el 25% restante, en el caso de los independientes simplemente deben pagar el 100% del saldo.

Los empleadores tendrán el derecho de descontarle a sus empleados la cantidad de dinero correspondiente, sin que se requieran formalidades ni avisos, puesto que, esto es un deber de las dos partes que no se cumplió como debía de ser en su momento.

¿Cuál debe ser el IBC?

El ingreso base de cotización que se debe usar para liquidar los meses de abril y mayo de 2020, será el que se reportó respectivamente para esos meses, lo cual no podrá ser inferior a un salario mínimo ni superior a veinticinco.

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Cómo calcular correctamente el IBC

¿El pago debe ser total o puede diferirse?

Los empleadores y trabajadores podrán diferir este pago a lo largo de los 36 meses sin que se causen intereses moratorios, esto debe ser un acuerdo entre las dos partes tratándose de trabajadores dependientes.

Conozca cómo realizar los pagos por medio de los siguientes operadores:

¿Qué sucede si la empresa se liquidó o si el empleado ya no labora para la empresa?

En estos casos la empresa deberá gestionar el pago a cargo de las dos partes, de modo que podrá solicitar a la nueva empresa en la que se encuentre vinculado el empleado para que se realice el respectivo descuento y poder pagar el saldo como trabajador independiente.

Lo anterior puede resultar complicado, pero en determinado caso la empresa deberá responder con sus recursos y en caso de estar liquidada, los responsables deberán iniciar acciones para responder por esta obligación.

Efectos tributarios que tiene el saldo a pagar por pensiones

La DIAN expidió el concepto 491 de 2021, mediante el cual aclaró que los saldos por pagar serían deducibles, argumentando que no se trataba de un acto de mala fe por parte de los contribuyentes, simplemente estaban aplicando lo permitido por el Gobierno, pero con la expedición del nuevo Decreto 376, el concepto de la DIAN queda inválido, puesto que, en el mencionado Decreto se aclara que mientras no se haya cancelado la obligación, no será posible deducir dicho gasto.

Arturo Quiroga

Contador público de la Universidad Cooperativa de Colombia. Especialista en gerencia y administración financiera; magíster en dirección y gestión tributaria. Con más de 10 años de experiencia trabajando como asesor en áreas administrativas, contables y tributarias del sector privado.

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