Como bien se sabe, cada año la Superintendencia de Sociedades por medio de una circular fija las fechas para que las empresas pertenecientes a los grupos 1, 2 y 3, que se encuentren vigiladas, controladas e inspeccionadas, deben realizar el reporte de sus estados financieros con corte a 31 de diciembre, en este caso del año 2020, que debe ser presentada en el 2021 como lo establece la circular externa 100-000015, donde, además se dictan otras disposiciones.
Plazos para reportar los Estados Financieros separados e individuales
Las entidades que se encuentren obligadas a presentar esta información, deberán tener en cuenta las siguientes fechas, con respecto a sus dos últimos dígitos del NIT, sin incluir el dígito de verificación:
Últimos dos dígitos del NIT | Plazo | Últimos dos dígitos del NIT | Plazo |
01 al 05 | 12 de abril | 51 al 55 | 26 de abril |
06 al 10 | 13 de abril | 56 al 60 | 27 de abril |
11 al 15 | 14 de abril | 61 al 65 | 28 de abril |
16 al 20 | 15 de abril | 66 al 70 | 29 de abril |
21 al 25 | 16 de abril | 71 al 75 | 30 de abril |
26 al 30 | 19 de abril | 76 al 80 | 3 de mayo |
31 al 35 | 20 de abril | 81 al 85 | 4 de mayo |
36 al 40 | 21 de abril | 86 al 90 | 5 de mayo |
41 al 45 | 22 de abril | 91 al 95 | 6 de mayo |
46 al 50 | 23 de abril | 96 al 00 | 7 de mayo |
Plazo para enviar el informe de prácticas empresariales
Este es un informe que se encuentra a cargo de las sociedades que pertenezcan al grupo 1 y 2 y que, además se encuentren operando con normalidad, las fechas para la presentación de este informe son:
Últimos dos dígitos del NIT | Hasta el día |
01 al 10 | 18 de mayo |
11 al 20 | 19 de mayo |
21 al 30 | 20 de mayo |
31 al 40 | 21 de mayo |
41 al 50 | 24 de mayo |
51 al 60 | 25 de mayo |
61 al 70 | 26 de mayo |
71 al 80 | 27 de mayo |
81 al 90 | 28 de mayo |
91 al 00 | 31 de mayo |
Pertenecientes al grupo 3 obligados a reportar su información financiera
No todas las sociedades que se encuentran en el grupo 3 están vigiladas, controladas e inspeccionadas por las Supersociedades, de igual manera, no todas estas sociedades deben presentar los reportes de su información financiera, de modo que, solo las que por orden expresa de la Supersociedades se encuentren bajo esta obligación deberán hacerlo.
En caso de estar obligadas a presentar el reporte, deberán hacerlo por medio del módulo Sirfin de la plataforma de la Superintendencia de Sociedades, bajo la siguiente ruta: Informe 01A – Estados Financieros de Fin de Ejercicio Grupo 3 – 70 – NIF para microempresas. De no presentarse por este medio, el estado del trámite será no presentado.