Políticas contables, cambios en las estimaciones y errores

  • Compartir
  • Modo noche
  • Modo nocturno

Las políticas contables se definen como los principios, bases, convenciones, normas y prácticas específicas aplicadas por una entidad en la elaboración y presentación de los estados financieros, una entidad que informa conforme a las NIIF debe aplicar la normatividad correspondiente al elaborar sus políticas contables.

Hechos no cubiertos por las NIIF

Hay transacciones o sucesos que no están cubiertos por las NIIF, por ejemplo, las combinaciones de negocios bajo control común, los párrafos 8.10-12 de la NIC establecen los criterios para desarrollar las políticas contables en estos casos, en resumen, en ausencia de disposiciones específicas en las NIIF, las políticas contables desarrolladas deben ser pertinentes y fiables, al desarrollar dichas políticas, las entidades deben tener en cuenta:

  • Las NIIF que tratan casos similares.
  • El Marco legal contable.
  • Otros PCGA y la práctica contable.

La referencia a otros PCGA y a la práctica contable es voluntaria, sin embargo, la legislación local exige a veces que las entidades apliquen los PCGA locales a transacciones o hechos no contemplados en las NIIF.

Requisitos para los cambios en las políticas contables

Una entidad debe aplicar las políticas contables de forma coherente para transacciones o eventos similares, a menos que las NIIF especifiquen lo contrario (NIC 8.13), un cambio en la política contable solo se permite si da lugar a que los estados financieros proporcionen una información fiable y más relevante.

Los párrafos 8.14-31 de la NIC cubren los cambios en las políticas contables y los requisitos de información correspondientes, por regla general, las nuevas políticas contables deben aplicarse de forma retrospectiva, a menos que se deriven de la adopción de una nueva NIIF con disposiciones transitorias diferentes.

La NIC 8 tiene en cuenta el hecho de que una aplicación retrospectiva puede ser impracticable y define qué hacer en tal caso, en la práctica, los casos reales de imposibilidad de aplicación retroactiva son raros.

Estimaciones contables

La NIC 8 no define claramente las estimaciones contables “con efecto a partir de 2023” como «los importes monetarios de los estados financieros que están sujetos a incertidumbre de medición».

Antes de que los cambios mencionados entren en vigor, los cambios en las estimaciones contables se contemplan en los párrafos 8.32-40 de la NIC.

Los cambios en las estimaciones contables se derivan de la evaluación de la situación actual y de los beneficios y obligaciones futuras esperadas asociadas a los activos y pasivos, los cambios en las estimaciones contables  se derivan de nueva información o nuevos desarrollos  y, por tanto, no son correcciones de errores.

Esto significa que se contabilizan de forma prospectiva, es decir, sin reexpresar los importes reconocidos en ejercicios anteriores, sin embargo, un cambio de estimación puede requerir un ajuste acumulativo de recuperación con respecto a los importes reconocidos en periodos intermedios anteriores durante el ejercicio financiero actual.

Las estimaciones son una parte indispensable de la información financiera y no desmejoran la fiabilidad de los estados financieros.

Cambios en las estimaciones contables frente a cambios en las políticas contables

En la práctica, la diferencia entre estimación contable y política contable es muy difícil de definir, también es cierto que las entidades tratan de minimizar la frecuencia de los cambios en las políticas contables para evitar modificar los datos comparativos.

La NIC 8.35 indica que: «Cuando sea difícil distinguir un cambio en una política contable de un cambio en una estimación contable, el cambio se tratará como un cambio en una estimación contable», un ejemplo de esta situación es un cambio en el método de depreciación que resulta de los cambios en las estimaciones del patrón en el que se espera que se consuman los beneficios económicos futuros de un activo, en este caso, todo el impacto del cambio se trata como un cambio en la estimación contable.

También se incluye una disposición específica en el párrafo 13.66 de la NIIF, que establece que un cambio en la técnica de valoración debe contabilizarse como un cambio en la estimación contable, por lo tanto, las entidades pueden deducir que todos los cambios en la técnica de valoración, siempre que la base de medición permanezca inalterada, por ejemplo, el valor razonable, son cambios en las estimaciones contables.

Errores

Requisitos para la corrección de errores

Los párrafos 8.41-49 de la NIC establecen los requisitos para la corrección de errores, la definición de error figura en el párrafo 8.5 de la NIC, lo cual dispone en resumen que, los errores son inexactitudes en los estados financieros resultantes de diversos tipos de falencias, de la adopción de políticas contables contrarias a los requisitos de las NIIF o del fraude.

Los errores materiales de ejercicios anteriores deben corregirse de forma retrospectiva con la información que se establece en la NIC 8.49, la discusión sobre la materialidad es crucial en este caso, cabe resaltar que, la NIC 8 no incluye el requisito de declarar explícitamente que se ha cometido un error.

Al igual que en el caso de los cambios en las políticas contables, la NIC 8 tiene en cuenta la imposibilidad de una reexpresión retroactiva, en tal caso, se aplican los párrafos 8.43-48 y 8.50-53 de la NIC 8.

Corrección de errores frente a cambios en las políticas contables o en las estimaciones

Los siguientes son algunos ejemplos de errores:

  • Cambio en un importe estimado resultante de una omisión o interpretación errónea de hechos o circunstancias anteriores.
  • Cambio de una política contable cuando la política contable anterior no se ajustaba a los requisitos de las NIIF.
  • Reclasificación cuando la clasificación anterior no se ajustaba a las exigencias de las NIIF.

Como se puede observar, algunos cambios en las estimaciones pueden ser de hecho errores, es importante considerar si la estimación anterior se vio afectada por la omisión o la interpretación errónea de hechos o circunstancias que razonablemente cabría esperar que se hubieran obtenido y tenido en cuenta cuando se realizó la estimación anterior.

Si es así, el cambio en el importe estimado es una corrección de error que requiere una reexpresión retrospectiva y la correspondiente revelación.

Del mismo modo, cuando se cambia una política contable o se hace una reclasificación, es importante considerar si la política anterior estaba en consonancia con las NIIF, si no es así, se trata de una corrección de errores.

Corrección de errores inmateriales

Los errores inmateriales pueden corregirse en el año en curso sin reexpresar los importes comparativos, en general, se acepta que los errores inmateriales deben corregirse a través de las mismas líneas de los estados financieros en las que se originó el error, por ejemplo, los ingresos sobrevalorados de años anteriores deben disminuir los ingresos del año en curso para que el total de ingresos acumulados sea correcto.

Si esta corrección en el año en curso influye en los usuarios de los estados financieros que analizan los resultados del año en curso, entonces este error es material para los resultados del año en curso y debe corregirse retrospectivamente.

Algunos argumentan que los errores inmateriales pueden corregirse a través del patrimonio neto como un cambio del año en curso, pero esto no es un enfoque válido, ya que, según la NIC 1, todos los cambios en el patrimonio neto durante un período, distintos de los que resultan de las transacciones con los propietarios en su calidad, deben incluirse en el resultado total.

Políticas contables, cambios en las estimaciones y errores 3 🔗 Artículo recomendado

Deterioro del valor de los activos

Arturo Quiroga

Contador público de la Universidad Cooperativa de Colombia. Especialista en gerencia y administración financiera; magíster en dirección y gestión tributaria. Con más de 10 años de experiencia trabajando como asesor en áreas administrativas, contables y tributarias del sector privado.

.

Deja un comentario