Como se había planteado inicialmente, desde la tercera semana de noviembre iniciarán las postulaciones para el PAEF o subsidio para la nómina, correspondiente a los meses de septiembre, octubre y noviembre, las empresas interesadas podrán iniciar el trámite desde la entidad financiera donde tengan una cuenta, hasta el día 26 de noviembre.
En este nuevo ciclo se implementarán los nuevos beneficios que le otorgó recientemente en el congreso de la república al PAEF, lo que corresponde a un subsidio del 50% de un salario mínimo para las mujeres, y para los sectores turístico, gastronómico y de entretenimiento, también un 50% puesto que, son los sectores que más tardaron en su reactivación.
El Gobierno Nacional hace el llamado para que las empresas interesadas, desde ahora alisten la documentación necesaria, debido a que, cuando se habilite la postulación, se podrán radicar los documentos y se deberá diligenciar un formulario por cada uno de los meses a aplicar, esto con el fin de que se demuestre el cumplimiento total de los requisitos para cada periodo.
¿Cómo acceder al PAEF?
Las personas jurídicas y naturales empleadoras, empresas sin ánimo de lucro, consorcios, uniones temporales, cooperativas de trabajo asociadas y patrimonios autónomos, que se encuentren interesadas en el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) para los periodos de septiembre, octubre y noviembre del 2020, deberán acercarse a la entidad financiera con la que tengan una cuenta bancaria.
Se deberán anexar los siguientes documentos:
1. Formulario definido por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, que se pone a disposición de las entidades financieras, el cual debe ser firmado por el representante legal o persona natural que, bajo gravedad de juramento, exponga lo siguiente:
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- Identificación del beneficiario que realiza la postulación al PAEF.
- La intención de ser beneficiado por el programa.
- Que cumple con los requisitos que expone la ley, para acceder.
Lectura recomendada: Autorretención especial por aportes del PAEF
2. Un documento firmado por el representante legal, el empleador y el revisor fiscal o el contador según corresponda, donde se certifiquen:
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- Los datos correspondientes a la disminución de los ingresos.
- Que los empleados por los que se postula, recibieron el salario del mes anterior al subsidio que se aplica.
- Que sin perjuicio de lo anterior, los beneficiaros de la postulación de los meses de septiembre, octubre y noviembre cancelarán, máximo 5 días hábiles siguientes a la recepción de los recursos, las obligaciones laborales adeudadas de las nóminas de los meses de agosto, septiembre y octubre de 2020, si existieran.