Debido a la crisis económica por la que atraviesa el país, el Gobierno Nacional presentó una reducción del anticipo del impuesto de renta para el año 2020, quedando en un 25% para algunos casos y en 0% para otros, esta medida favorece a distintos contribuyentes que pertenecen al régimen ordinario que desarrollan cerca de 30 de actividades económicas las cuales se ven afectados por la situación.
Cabe resaltar que está iniciativa se tomó algo tarde, puesto que ya muchas personas del régimen ordinario debieron pagar parte de su declaración o la totalidad.
¿Qué pueden hacer las personas que ya pagaron?
Las personas que ya habían pagado en febrero o en abril según le correspondiera, deberán solicitar a la DIAN que se le devuelvan los valores que pagaron, debido a que no estaban obligados a cancelarlos, situación que será un poco tediosa.
La otra opción es no acogerse al beneficio de la reducción del anticipo del impuesto de renta y realizar el anticipo por el valor normal, pagando así un mayor valor.
¿Y las empresas que no se encuentre beneficiada?
Las empresas que no desarrollen algunas de las 30 actividades que se encuentran beneficiadas, tendrán que solicitar directamente a la DIAN que se le permita calcular el anticipo de manera reducida, este procedimiento se encuentra habilitado desde el 2009.
Como requisito para poder solicitar la reducción, debe demostrar que en los 6 meses anteriores sus ingresos se redujeron en al menos un 25% con relación a los ingresos del mismo periodo del año anterior.
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Tablas de actividades beneficiadas
Las siguientes son las actividades que se encuentran beneficiadas según su código CIIU, con sus respectivo porcentaje al cual se deben calcular el anticipo:
Tabla 1. Divisiones de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas adaptada para Colombia – CIIU Rev. 4 A.C, adoptada mediante la Resolución 000139 de 2012, que aplicarán un porcentaje del 25% para el cálculo del anticipo. | ||
Código División CIIU | Descripción División CIIU | % de anticipo |
06 | Extracción de petróleo crudo y gas natural | 25,0% |
08 | Extracción de otras minas y canteras | 25,0% |
09 | Actividades de servicios de apoyo para la explotación de minas | 25,0% |
12 | Elaboración de productos de tabaco | 25,0% |
13 | Fabricación de productos textiles | 25,0% |
14 | Confección de prendas de vestir | 25,0% |
15 | Curtido y recurrido de cueros; fabricación de calzado; fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y artículos similares, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería; adobo y teñido de pieles | 25,0% |
16 | Transformación de la madera y fabricación de productos de madera y de corcho, excepto muebles; fabricación de artículos de cestería y espartería | 25,0% |
19 | Coquización fabricación de productos de la refinación del petróleo y actividad de mezcla de · combustibles | 25,0% |
23 | Fabricación de otros productos minerales no 25,0% metálicos | 25,0% |
24 | Fabricación de productos metalúrgicos básicos | 25,0% |
25 | Fabricación de productos elaborados de metal, excepto maquinaria y equipo | 25,0% |
26 | Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos | 25,0% |
29 | Fabricación de vehículos automotores, remolques y semirremolques | 25,0% |
30 | Fabricación de otros tipos de equipo de transporte | 25,0% |
31 | Fabricación de muebles, colchones y somieres | 25,0% |
33 | Instalación, mantenimiento y reparación especializado de maquinaria y equipo | 25,0% |
41 | Construcción de edificios | 25,0% |
42 | Obras de ingeniería civil | 25,0% |
43 | Actividades especializadas para la construcción de edificios y obras de ingeniería civil | 25,0% |
45 | Comercio, mantenimiento y reparación de vehículos automotores y motocicletas, sus partes, piezas y accesorios | 25,0% |
59 | Actividades cinematográficas, de video y producción de programas de televisión, grabación de sonido y edición de música | 25,0% |
Tabla 2. Grupos de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas adaptada para Colombia CIIU Rev. 4 A.C, adoptada mediante la Resolución 000139 de 2012, que aplicarán un porcentaje del 25% para el cálculo del anticipo |
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Código División CIIU | Descripción División CIIU | % de anticipo |
271 | Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos y de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica | 25,0% |
273 | Fabricación de hilos y cables aislados y sus dispositivos | 25,0% |
275 | Fabricación de aparatos de uso doméstico | 25,0% |
321 | Fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos | 25,0% |
324 | Fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas | 25,0% |
475 | Comercio al por menor de otros enseres domésticos en establecimientos especializados | 25,0% |
742 | Actividades de fotografía | 25,0% |
772 | Alquiler y arrendamiento de efectos personales y enseres domésticos | 25,0% |
823 | Organización de convenciones y eventos comerciales | 25,0% |
952 | Mantenimiento y reparación de efectos personales y enseres domésticos | 25,0% |
Tabla 3. Divisiones de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas adaptada para Colombia CIIU Rev. 4 A.C, adoptada mediante la Resolución 000139 de 2012, que aplicarán un porcentaje del 0% para el cálculo del anticipo |
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Código División CIIU 4.0 | Descripción División CIIU 4.0 | Porcentaje al que se reduce el anticipo |
51 | Transporte aéreo de pasajeros | 0,0% |
55 | Alojamiento | 0,0% |
56 | Actividades de servicios de comidas y bebidas | 0,0% |
79 | Actividades de las agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reserva y actividades relacionadas | 0,0% |
90 | Actividades creativas, artísticas y de entretenimiento | 0,0% |
91 | Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales | 0,0% |
92 | Actividades de juegos de azar y apuestas | 0,0% |
93 | actividades deportivas y actividades recreativas y de esparcimiento | 0,0% |