Generalidades del régimen común

  • Compartir
  • Modo noche
  • Modo nocturno

El régimen común del impuesto a las ventas, es el nombre que se le atribuía a las personas que deben cobrar el IVA y cumplir con todas las obligaciones que se derivan de esta responsabilidad, actualmente este régimen se denomina simplemente  responsables de IVA para diferenciarse del régimen simplificado que ahora se denomina no responsables de IVA y el nuevo régimen simple.

 

Hoy en día muchas personas siguen llamando a los responsables de IVA, régimen común, pero este cambio se reglamentó por la ley 1943 de 2018.

En conclusión, el régimen común se encuentra conformado por las personas naturales o jurídicas, que debido a su clasificación tributaria, se encuentran en la obligación de realizar el respectivo recaudo del impuesto al valor agregado IVA.

¿Quién pertenece al régimen común (Responsable de IVA)?

Para iniciar, toda persona jurídica pertenece al régimen común, es decir que no existe una sociedad que no sea responsable de IVA, en condiciones normales.

En el caso de las personas naturales, deberán tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 437 del estatuto tributario, el cual indica lo siguiente:

Serán responsables del impuesto a las ventas, las personas naturales que sobre pasen, cualquiera de los siguientes montos o condiciones, teniendo en cuenta al año inmediatamente anterior:

  • Que el monto total de sus ingresos sea superior a 3.500 UVT.
  • Tener más de un establecimiento de comercio u oficina.
  • Que no celebre contratos por valores superiores a los 3.500 UVT.
  • El monto de sus consignaciones bancarias supere los 3.500 UVT.
  • Los negocios que operen bajo la modalidad de franquicia, concesión, regalía, autorización o explotación de intangibles.
  • Ser usuario aduanero.

Al cumplir cualquiera de las condiciones anteriores la persona deberá realizar el cambio a responsable de IVA y empezar a cumplir con sus obligaciones, tenga en cuenta que si en el año actual la persona supera los montos establecidos también deberá realizar el cambio a régimen común.

régimen simplificado de IVA para el 2020

🔗Artículo relacionado
Responsables de IVA en el 2020

¿En qué momento se debe realizar el cambio de régimen?

El cambio de régimen se debe realizar en el periodo siguiente al que se dejaron de cumplir los requisitos para no ser responsable de IVA, así lo indica el artículo 508-2 del estatuto tributario.

  • En el caso de la celebración de un contrato con el cual se superen las 3.500 UVT, el cambio se debe realizar de manera previa a dicha celebración.

Cuando se habla de realizar el traslado en el periodo siguiente se deben tener en cuenta los periodos del IVA cuatrimestral, es decir que serían:

  • Primer periodo: Enero a abril.
  • Segundo periodo: Mayo a agosto.
  • Tercer periodo: Septiembre a diciembre.

Sanción por no trasladarse al régimen común

Cuando una persona no realiza el cambio o se tarda en efectuarlo, incurrirá en una variedad de sanciones, las cuales pueden ser:

  • Sanción de 1 UVT por cada día de retraso al no realizar la actualización del RUT.
  • Al no facturar bajo la normatividad correspondiente, podrá ser sancionado con el cierre del establecimiento u oficina.
  • Responder por el impuesto a las ventas no cobrado.
  • Sanción en la presentación de la retención en la fuente.
El no recaudar el IVA o el impuesto al consumo se considera un delito, puesto que esto se considera evasión de impuestos, y por ende, puede llevar a la persona que sea sometida a pagar una pena en prisión.

Obligaciones de los responsables de IVA (Régimen común)

Las personas naturales o jurídicas que pertenezcan al régimen común de IVA deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

Actualizar el RUT

Cuando la persona natural, se registra inicialmente como no responsable de IVA en el Rut, y posteriormente debe realizar el traslado a responsable de IVA, lo primero que debe hacer es actualizar su Rut con esta responsabilidad.

En el caso de las sociedad o personas jurídicas, el Rut ya debe contener la responsabilidad de IVA desde su creación.

Actualizar el RUT en Muisca DIAN

🔗Artículo relacionado
Actualizar el Rut por Internet

Expedir Factura

La expedición de factura es voluntaria, para los no responsables de IVA, pero al encontrarse catalogado como responsable de IVA, toda persona o empresa deberá facturar, siguiendo la normatividad del artículo 617 del estatuto tributario.

Cobrar y pagar IVA

Es básicamente la responsabilidad que se le atribuye en esencia, es decir que la persona del régimen común, pertenece a este régimen es porque debe cobrar el IVA sobre los productos que venda, y así mismo debe presentar y pagar la declaración de IVA ante la Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales DIAN, según la periodicidad que le corresponda.

El cobrar IVA, hace que la persona adquiera otra responsabilidad y es el de aplicar la retención en la fuente a título de IVA.

Generalidades del régimen común 1

Llevar contabilidad

Al igual que sucede con la factura de venta, la contabilidad es opcional para las personas no responsables de IVA, pero cuando se trata de responsables, es obligatorio llevar libros de contabilidad, los cuales deben encontrarse registrados ante el registro mercantil en la cámara de comercio.

Según el código de comercio, esta responsabilidad se limita a las personas que desarrollen actividades mercantiles, por ende, personas no catalogadas como comerciantes no se encuentran la obligación de llevar contabilidad, dentro de este grupo podrían encontrarse las personas que desarrollen profesiones liberales.

La contabilidad puede no ser obligatoria en algunos casos, pero es un elemento fundamental de control, que puede servir como evidencia ante conflictos con otras personas a nivel económico.

La contabilidad debe llevarse según las normas que apliquen en el momento, las cuales serían las NIIF dependiendo del grupo al que pertenezca.

seguridad social

🔗Artículo relacionado
Qué es la seguridad social

Reportar el cese de actividades

La persona o empresa responsable del IVA que no desee continuar con su negocio deberá reportar ante la DIAN, dicho interés, esto se podrá hacer mediante la cancelación del Rut.

Si la persona deja de realizar operaciones y no reportar este hecho, deberá seguir respondiendo por sus obligaciones como responsable de IVA, y será sancionado por no cumplir con ellas, así haya cerrado su negocio.

Desventajas de ser responsable IVA

El ser responsable de IVA genera una serie de obligaciones para los comerciantes como ya se mencionó anteriormente, que pueden significar la imposibilidad de continuar con la empresa debido a la cantidad de impuestos y costos adicionales que representa pertenecer a este régimen.

El hecho de llevar contabilidad obliga a que la empresa deba contratar un contador público. Con respecto al manejo del 19% de la tarifa general del IVA deberá decidir si aumenta ese valor a los productos o si asume dicho porcentaje.

Todo esto conlleva a una serie de situaciones que aumentan exponencialmente la responsabilidad del contribuyente al punto que podría terminar en la cárcel por no cumplir con ellas.

¿Se puede dejar de ser responsable de IVA?

Muchas personas consideran que no son capaces de sostenerse sus negocios con el pago de las obligaciones que se derivan al pertenecer al régimen común (responsables de IVA),  la persona tiene la posibilidad de cambiarse a no responsable de IVA,  solo si es capaz de demostrar que durante tres años consecutivos, no cumplió con ningún requisito para pertenecer a la categoría de responsable de IVA.

Arturo Quiroga

Contador público de la Universidad Cooperativa de Colombia. Especialista en gerencia y administración financiera; magíster en dirección y gestión tributaria. Con más de 10 años de experiencia trabajando como asesor en áreas administrativas, contables y tributarias del sector privado.

.

Deja un comentario