Responsabilidad del nuevo contador por asuntos pendientes

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En algunos casos se puede presentar que un contador público ingrese a una empresa y esta tenga pendiente presentar declaraciones tributarias, por lo cual el contador público nuevo deberá elaborar y firmar “si es el caso” las declaraciones, de modo que estaría garantizando que toda la información declarada es correcta y cumplen todas las disposiciones legales aplicables.

Si el contador público firma una declaración tributaria y la contabilidad no cumple con los requerimientos legales, estaría ante un problema por no haber revisado antes toda la información usada para elaboración de la declaración, aunque es necesario resaltar que no siempre las declaraciones deben ser firmadas por el contador o revisor fiscal.

¿Cuándo el contador público debe firmar las declaraciones tributarias?

El contador público deberá tener en cuenta que, si los ingresos brutos o el patrimonio bruto de la entidad son superiores a 100.000 UVT, deberá firmar las respectivas declaraciones de renta, ingresos y patrimonio, y la declaración de retención en la fuente, esta misma condición se tendrá en cuenta para la presentación de las declaraciones de IVA, aunque en este último caso también debe considerar que si la declaración presenta saldo a favor el contador público deberá firmarla.

¿Sobre quién recae la responsabilidad de las declaraciones pendientes?

Sin duda alguna el contador nuevo deberá preparar las declaraciones tributarias que deje pendientes el contador que deja el cargo, pero el contador que sale debe dejar los estados financieros debidamente certificados con su firma, así mismo, deberá dejar disponible toda la información y soportes utilizados para la rectificación de los estados financieros y la contabilidad en general, lo anterior teniendo en cuenta lo expuesto en el concepto 901 de 2016 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

En el mismo texto se adiciona que es responsabilidad del contador público que deja el cargo  aclarar cualquier duda al nuevo contador  cuando se trate de temas relacionados con la información contenida dentro de la contabilidad y que sea necesaria para elaborar las declaraciones tributarias pendientes.

Una responsabilidad paralela es la que tienen todos los contadores públicos en el ejercicio de su profesión referente a la información contable que elabora y presenta, pues es una de sus principales funciones es velar porque la información financiera se elabore teniendo en cuenta lo establecido dentro del DUR 2420 de 2015 y que los estados financieros se presenten según las NIIF que le correspondan a la entidad, de este modo, se sobreentiende que los contadores deben garantizar que la contabilidad se encuentra de acuerdo a las normas correspondientes y esté al día.

Responsabilidad del revisor fiscal

Una situación similar al caso anteriormente planteados se puede presentar con el revisor fiscal, estos profesionales también deben firmar las declaraciones tributarias en determinados casos y, por ende, son responsables de la información que allí repose, de modo que un nuevo revisor fiscal deberá verificar a fondo toda la información contable que se utilizó para elaborar la declaración tributaria, la cual también debió dejarse ordenada y certificada por su antecesor.

Es necesario resaltar que el CTCP por medio del concepto 355 de 2018 aclaró que cualquier labor adicional a la que tenga que recurrir el revisor fiscal para obtener evidencia suficiente y clara acerca sobre los E.F., conllevará al pago de honorarios adicionales por tal labor.

Arturo Quiroga

Contador público de la Universidad Cooperativa de Colombia. Especialista en gerencia y administración financiera; magíster en dirección y gestión tributaria. Con más de 10 años de experiencia trabajando como asesor en áreas administrativas, contables y tributarias del sector privado.

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