La UGPP pone a disposición de los aportantes el simulador de acuerdos de pago de beneficios tributarios, donde, además, también se podrá consultar el saldo de la deuda, los descuentos tributario y el plazo que tendría para cancelar la deuda.
Es importante resaltar que las personas que deseen acceder a los beneficios tributarios establecidos dentro de la ley 2155 de 2021, tienen plazo para suscribir los respectivos acuerdos de pago hasta el día 31 de marzo.
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Pasos para solicitar un acuerdo de pago con la UGPP
Según los artículos 46 y 47 de la ley de inversión social, los aportantes que deseen acceder a los beneficios tributarios, deberán suscribir un acuerdo de pago con la UGPP, el proceso de los acuerdos deberá iniciarse siguiendo los pasos expuestos a continuación:
Paso 1: Consulta reporte BDME
Para que la persona pueda suscribir el acuerdo de pago, deberá cumplir con el principal requisito que es no estar reportado en el BDME, la consulta se podrá realizar desde este enlace, tan solo deberá seleccionar la opción consultar el Boletín de Deudores Morosos del Estado y, posteriormente digitar su número de identificación.
En caso de que se encuentre reportado, pero la obligación ya se haya subsanado, será necesario que adjunte una copia del soporte de no incumplimiento, el cual es expedido por la Contaduría General de la Nación.
Paso 2: Simular el acuerdo de pago
La persona deberá realizar la simulación, para lo cual deberá tener en cuenta lo siguiente:
- El proceso se lleva a cabo desde aquí.
- El plazo para el pago no puede ser superior a 12 meses.
- Los valores determinados por concepto de cálculo actuarial por omisión en el Sistema General de Pensiones deben ser seleccionados como único pago, eligiendo como fecha de pago la última cuota.
- Puede elegir la opción bonos para disminuir el valor a pagar como los títulos de depósito judicial.
- Una vez finalizada la simulación, esta por sí sola no tienen absolutamente ningún efecto, puesto que se deberá seguir adelante con los demás pasos para que sea aprobada o no.
Paso 3: Cumplimiento de requisitos
El interesado deberá asegurarse de que cumple con los demás requisitos impartidos por los artículos 46 y 47 de la ley de inversión social para poder suscribir un acuerdo de pago con la UGPP o la DIAN, en términos generales, aplica para las obligaciones que estén en mora a junio 30 del 2021 y cuyo incumplimiento se haya ocasionado o agravado por la pandemia.
Una vez verifique el cumplimiento de los requisitos, la persona deberá proceder a radicar la siguiente documentación:
- Una copia de la simulación firmada y con huella, en caso de que sea firmada por un apoderado, se deberá anexar el poder.
- Proyección del plan de pagos.
- Carta de denuncia de bienes firmada.
- Los certificados de tradición y libertad de los respectivos bienes con vigencia inferior a 30 días.
Paso 4: Radicación de documentos
Toda la documentación exigida deberá ser radica por medio de la oficina virtual de la UGPP, tan solo deberá ingresar a la sección trámites parafiscales, y seleccionar la opción 13 correspondiente a la suscripción de acuerdos de pago.
Cabe señalar que la simulación tiene un periodo de vigencia de 2 días, si esta caduca por no ser presentada, el interesado debería esperar 3 días para generar una nueva, aunque recuerde que el plazo máximo para suscribir el acuerdo es hasta el 31 de marzo.
Motivos por los cuales se rechaza una simulación de acuerdo de pago
El interesado no podrá realizar la simulación o si lo hace será rechazada si se presenta alguno de los siguientes casos:
- Radicar los documentos pasados dos días luego de haber generado la simulación o que esta última no disponga de la firma y huella.
- No adjuntar la respectiva carta de denuncia de bienes con los requerimientos establecidos.
- No presentar el certificado de libertad y tradición de los bienes o que los certificados tengan una fecha de expedición superior a los 30 días.
- Que no cumpla con los requisitos para acceder a los beneficios.
- Que la presentación se realice después del 31 de marzo.